| Antes de adquirir una vivienda, el comprador
debe estar seguro que el inmueble que desea adquirir no esté
embargado o hipotecado. Además, si desea adquirir una
vivienda debe asegurarse que no sea sujeto de fraude. La adquisición
de una vivienda no sólo depende del dinero que se tenga para comprarla
sino de la seguridad que dicho inmueble no esté comprometido. |
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| El Salvador, es uno de los países que cuenta
con una entidad especializada para Orientar y Verificar la situación
legal del inmueble. |
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| Esta información la puede obtener en el Centro Nacional de Registros (CNR) por medio de consulta directa a las oficinas registrales distribuidas en cada una de las cabeceras departamentales o vía electrónica. |
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| La verificación de la información sobre
la vivienda o propiedad a adquirir debe tener en cuenta los siguientes
factores: |
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- Que el “vendedor” sea el titular o dueño del inmueble, así como también se verifique la situación jurídica del inmueble.
- El inmueble en venta deberá estar libre de gravámenes
(libre de impuestos, hipotecas, prendas y otras presentaciones).
- La escritura de compra venta del inmueble debe ser inscrita
en la Oficina Registral para garantizar la titularidad del
inmueble .
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| Para evitar situaciones lamentables,
los interesados en comprar una propiedad pueden recurrir al CNR para que
les entreguen una certificación extractada, es
decir, un informe resumido sobre la situación jurídica del
inmueble. |
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| Asimismo, en la certificación
se hace constar si la propiedad tiene algún gravamen pendiente
o no. Este documento puede ser obtenido en cualquiera de las
diez oficinas del CNR que hay en el país, a un costo de $8.86.
El tiempo de respuesta es de tres días hábiles, después
de su presentación. |
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| Además, el Centro Nacional de
Registros se encarga de facilitar certificaciones literales,
es decir, copias de inscripción de las propiedades. Estas incluso
son utilizadas para la elaboración de escrituras y descripciones
técnicas del inmueble. |
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| Pasos para verificar estado de propiedad |
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- Para solicitar certificaciones extractadas, primero
debe pagar los derechos por cada inscripción o matrícula
de la que se requiera informe.
- Debe llenar una solicitud que es facilitada en el CNR, en la sección
de Índice.
- En dicha solicitud, debe citar la inscripción o matrícula
que le interesa.
- Presentar la boleta para el reclamo de la misma.
- Transcurrido tres días después de realizar el trámite,
obtendrá respuesta.
- El trámite para obtener certificaciones literales es similar
al anterior, aunque con la diferencia que deberá pagar $8.86,
más $0.35 por cada hoja que consta la inscripción.
- Para inscribir documentos, debe pagar los derechos registrales
en un banco según el arancel fijado para el tipo de transacción
y el valor de ésta.
- Después de haber cancelado los derechos registrales debe
presentar en el CNR la boleta de pago y la escritura. Ahí,
se le extenderá una boleta de inscripción con la fecha
y la hora en que ha realizado el trámite.
- Posteriormente, los datos de la escritura se escanean y se digitan,
ya que no se inscriben en libros sino en archivos informáticos.
- Después, debe pasar al registrador donde se analiza si el
acto de compraventa se hizo de acuerdo con los requisitos de ley y
si se pagó correctamente según la tabla de aranceles.
- Si no se detecta ningún problema, se procede a inscribir la propiedad.
- La escritura pasa a formar parte también de un registro
de folios en el Centro Nacional de Registros.
- Cuando se ha dado el aval para inscribir la vivienda, se pasa a despacho, donde se extiende el documento de inscripción.
- Este documento puede ser retirado en un período de cinco días.
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